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Hablando del derecho a decidir en serio • Jaume López

El derecho a decidir empezó a sonar en el País Vasco, en el 2003, incluido en el Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi promovido por el lehendakari Ibarretxe que lo volvió a situar en la palestra en su propuesta de consulta sobre el proceso de paz en el 2008. Entretanto, en Cataluña, el derecho a decidir protagonizó en el 2006 la primera gran manifestación del proceso soberanista catalán, impulsado hasta el 2010 por la Plataforma por el Derecho a Decidir. Después vendrían las consultas no oficiales, la incorporación del concepto en la política institucional, la creación de la Assemblea Nacional Catalana que recogió el testigo de la movilización, el referéndum de 2014 bajo el tecnicismo legal de “proceso participativo” y el referéndum inconstitucional del 2017. Por marcar algunos de los hitos hasta hoy en el camino por –subráyese– ¡votar!

El proceso catalán difícilmente puede desligarse de la reivindicación del derecho a decidir que, pese a lo que suelen apuntar críticos y opinadores poco informados, no equivale al derecho a la autodeterminación, al menos en su lectura tradicional. El derecho a decidir surge de una doble constatación:

· Primera: que el principio democrático ha ido evolucionando, ampliando sus bases, tanto en lo que respecta a quienes pueden votar, como sobre en qué cuestiones puede participar la ciudadanía.

· Segunda: el Estado no puede ser visto como un bien casi moral a preservar, una estructura intocable, fuera del alcance de decisión de los ciudadanos del presente, sino que hay que verlo como un instrumento político al servicio de las personas, cuyas voluntades y proyectos de futuro no tienen por qué someterse, sin más, a los avatares de la historia. Especialmente, teniendo en cuenta que la mayoría de los estados debe sus actuales fronteras y estructuras a sanguinarias guerras carentes de toda legitimidad en pleno siglo XXI.

Negar estas dos constataciones hoy resulta cuanto menos chocante para alguien que se diga demócrata. No solo eso, negarlas equivale a defender que, en lo que respecta a la cuestión de la actual definición de los estados, no hay nada que tocar, que “la unidad del estado” forma parte de los pocos elementos sagrados que persisten en una sociedad cada día menos religiosa. O, lo que es peor, que solo es posible cambiarla mediante la violencia.

Es imposible desde una posición democrática aceptar tales supuestos. Ha de ser posible, en el marco democrático, desarrollar un procedimiento para poder reorganizar territorialmente un estado y generar nuevos, si esa es una voluntad mayoritaria. Mayoritaria no significa consensual, significa que todos los votos cuentan igual y que todas las voluntades son consideradas igualmente dignas de ser tenidas en cuenta. De lo contrario, estaríamos diciendo que las preferencias a favor de la independencia cuentan menos que aquellas que defienden el actual statu quo. De nuevo, algo que un demócrata serio no puede afirmar. En 1995, en Quebec, 4 décimas fueron suficientes para que la provincia se mantuviese dentro del Canadá. En Escocia, en 2014, 5 puntos fueron suficientes para que no saliese del Reino Unido. En otras palabras, en ambos casos, una décima a favor de la independencia hubiese bastado para generar un nuevo estado. Solo en contextos con poca cultura democrática se pone en duda el valor igualitario de todo voto, o peor aún, se impide votar.

Naturalmente, el proceso de independencia va más allá de un referéndum. Un procedimiento democrático para generar un nuevo estado no tiene por qué identificarse con una única votación. Cuando alguien demanda una mayoría cualificada para poder ejercer el derecho a decidir, si no está ocultando su preferencia por una posición minoritaria que pretende sobrerrepresentar, lo hará movido por un interés legítimo para garantizar la estabilidad de una decisión tan trascendente, que no se puede revertir a corto plazo. Esos mecanismos de seguridad pueden plantearse por vías diversas y, sin duda, implican una negociación, pero jamás pueden suponer un poder de veto y menos apelando a argumentos tan variopintos como que “el mundo avanza hacia la integración” o que “hoy en día no tienen sentido nuevas fronteras”.

De nuevo, argumentos no solo antidemocráticos (“me importa un bledo lo que quiera la gente”), sino difícilmente defendibles por un europeísta convencido para quien cualquier modificación en el estatus político de un territorio europeo debería concebirse como un cambio de fronteras internas, como el que hoy podría darse, por ejemplo, a la hora de modificar los lindes de dos comarcas. Hablamos de estados europeos, con soberanía compartida con la Unión, como asumen hoy todos los europeístas, también los independentistas quienes, por cierto, en ningún lugar han defendido crear un estado para salir de la UE, con lo que algunos –antidemócratas– les amenazan.

Sin duda, el derecho a decidir, a diferencia del derecho a la autodeterminación, no se ejerce exclusivamente respondiendo a una pregunta sobre la independencia. Su propia justificación no puede desligarse de todo proceso a favor del empoderamiento ciudadano y del principio democrático, no solo como una fórmula para elegir a unos representantes, sino como verdadero eje central de la toma de decisiones colectivas y la corresponsabilización política, incluyendo el desarrollo del principio de subsidiariedad. En definitiva, situando a la ciudadanía en el centro del proceso político.

Jaume López

 

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